Para efectos del presente la persona física FEDERICO ALBERTO LEON Y VELEZ
CORDOVA con nombre comercial LEON GYM, cuyo domicilio comercial es el inmueble
ubicado en ORIENTE 150 No. 119, COLONIA MOCTEZUMA 2DA SECCION, CÓDIGO
POSTAL 15530, ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA, CIUDAD DE MÉXICO, en su
carácter de "EL PROVEEDOR", manifiesta para conocimiento de "EL CLIENTE" quien
para el presente se define como la persona contratante de los servicios ofertados y
proporcionados por "EL PROVEEDOR", así como para el conocimiento de el público en
general, lo siguiente:
El contrato firmado entre "EL CLIENTE" y "EL PROVEEDOR", tendrá una vigencia de
12 meses, contados a partir de la fecha de firma del mismo y será renovado de forma
automática, siempre que no exista previo trámite de cancelación de los servicios
contratados por parte de "EL CLIENTE". En caso de incumplimiento de cualquier
obligación, dará lugar a la rescisión automática del contrato.
"EL CLIENTE" podrá solicitar la cancelación del contrato en cualquier momento,
presentando Identificación Oficial Vigente, con 20 días naturales anteriores a su
próxima fecha de cobro. No operará penalización, siempre y cuando no exista adeudo
alguno.
En los casos de cancelación del contrato, en el que aplique algún reembolso, la
devolución ocurrirá en un plazo máximo de 30 días naturales, posteriores a la solicitud
de cancelación, reembolso que será liquidado mediante el mismo método por el cual se
genero el pago o en efectivo a favor de "EL CLIENTE".
Al firmar el respectivo Contrato, "EL CLIENTE" confirma que ha leído y está de acuerdo
con las reglas y cláusulas en el contenidas, así como también se obliga a evitar
conductas que pongan en riesgo la salud o seguridad de los demás usuarios, así
mismo libera a "EL PROVEEDOR", como al personal que ahí labora de cualquier
responsabilidad que pudiera surgir derivado por el mal uso de las instalaciones,
equipos o aparatos, negligencia o accidente causado por su causa; motivo por el cual
en este acto renuncia a ejercer cualquier tipo de acción civil, penal o de cualquier otro
tipo, con motivo del percance negligencia o accidente causado por su causa, sin
perjuicio de la obligación de liquidar los adeudos pendientes de pago por concepto de
mensualidad, penalizaciones, anualidad o inscripción.